Micelio
Auto31 de julio de 2002

A- de 2002

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Anicia Quesada Cordoba Y Otra

Tema · dato duro
Aclaracion Sentencia T-107/98
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sentencia De La Corte Constitucional
  • Improcedencia de aclaración
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

No se accedió a la petición de aclaración de la Sentencia T-107/98 presentada por las ciudadanas de la referencia, toda vez que la jurisprudencia de ésta Corporación de manera reiterada ha sostenido que las decisiones judiciales proferidas en virtud de lo dispuesto por el numeral 9 del Art. 241 de la Constitución no son susceptibles de aclaración.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE:
  2. PRIMERO. NO ACCEDER a la petición de aclaración de la sentencia T-107/98 presentada por las señoras Anicia Quesada Córdoba y Daycy Arce de Pulido.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.